4 dic 2009

El Registro de la Propiedad como instrumento vertebrador de la información territorial: datos espaciales, metadatos y Directiva INSPIRE

“El Registro de la Propiedad como instrumento vertebrador de la información territorial: datos espaciales, metadatos y Directiva INSPIRE” (referencia DER2008-02962/JURI) es el título del proyecto de investigación aprobado por la Secretaría de Estado de Universidades por Resolución de 4 de noviembre de 2008 (convocatoria de proyectos del Plan Nacional I+D+i 2008-2011 del Ministerio de Ciencia e Innovación). Dicho proyecto –del que forman parte investigadores de las Universidades de La Laguna, Bolonia y Bonn, con la colaboración, como Entes Promotores Observadores, del Colegio de Registradores de la Propiedad y de GRAFCAN (Cartográfica de Canarias, S.A.)– se ha puesto en marcha en enero de 2009 y finalizará en diciembre de 2011. La información más relevante relativa al mismo se encuentra disponible en http://www.infoinspire.org/

El proyecto pretende, desde un punto de vista jurídico, profundizar en la eficacia que despliega el Registro de la Propiedad, con el fin de determinar si la seguridad jurídica que proporciona esta institución puede alcanzar a datos con un importante componente territorial que hasta hace poco tiempo no tenían cabida en él. Este objetivo se justifica si se tiene en cuenta que en los últimos años se ha incorporado al Registro un enorme volumen de información de distinta naturaleza –principalmente de carácter urbanístico y medioambiental, pero también tributaria y, en general, de naturaleza administrativa–, si bien se discute si es posible extender los efectos de la publicidad registral a tales aspectos.

Teniendo en cuenta las consideraciones recién expuestas, nos parece que podemos encontrar una conexión entre el Registro de la Propiedad y la Directiva INSPIRE, a pesar de que los Anexos de la misma no contienen una mención específica a los datos registrales. Sin embargo, entendemos que, si tenemos en cuenta las condiciones para la aplicabilidad de INSPIRE a los conjuntos de datos espaciales (fijadas por el artículo 4 de la Directiva), y las ponemos en relación con su Anexo I, punto 5 (que hace referencia al “número de la finca”), cabe plantearse si el sistema de bases gráficas registrales diseñado por el Registro de la Propiedad español podría participar en la infraestructura que INSPIRE pretende establecer. Este novedoso sistema, que será objeto de atención detenida por parte de los miembros del equipo investigador, se ha desarrollado en los últimos años en el Registro de la Propiedad español a través de Geobase. Su objetivo consiste en lograr la identificación gráfica de las fincas registrales a través de las denominadas bases gráficas registrales, que pueden definirse como una capa de información territorial independiente y dotada de características propias, en el sentido de que la información que incorpora no tiene la consideración de información registral, ya que no se inscribe en el Registro de la Propiedad; sin embargo, tampoco tiene la consideración de información ajena al Registro, porque está referida al espacio delimitado por la base gráfica: surge, así, la categoría de información denominada “Información Asociada a la Base Gráfica de la Finca Registral” (sobre bases gráficas y Geobase –ahora en vías de sustitución por la herramienta GeoReg– puede consultarse el blog http://geobasevalidacion.blogspot.com/).

Partiendo de la base de que la Directiva es de aplicación a los conjuntos de datos espaciales relativos a una zona en la que un Estado miembro tiene y/o ejerce jurisdicción (art. 4.1.a) y teniendo además en cuenta el contenido de su Considerando (5), nos hemos propuesto examinar, como otro de los primeros pasos en nuestro estudio, los sistemas registrales en tres países de la Unión Europea (España, Italia y Gran Bretaña), con el objeto de conocer las notas básicas de las situaciones existentes, lo que nos permitiría, quizás, anticipar cuáles serían algunas de las dificultades con las que se podría tropezar la aplicación de INSPIRE. La selección de Estados miembros se justifica porque en cada uno de ellos el Registro de la Propiedad y la georreferenciación de los datos que en él se contienen están organizados de modo diferente: en España el Registro se ordena por fincas y los asientos registrales están necesariamente vinculados a inmuebles (y, por lo tanto, son datos que, de forma directa o indirecta, hacen referencia a una localización, lo que permite calificarlos como “datos espaciales” según la definición contenida en el artículo 3.2 de la Directiva); aun cuando el Catastro puede proporcionar un punto de referencia al que vincular la información relativa a la finca registral, en nuestro país se ha desarrollado lo que podríamos considerar un sistema de información geográfico propio, que es el sistema de bases gráficas antes mencionado. En Italia, en cambio, el Registro es de base personal y se organiza en función de los titulares de las fincas, lo que explica que sea el Catastro (en la actualidad parte integrante de la Agenzia del Territorio) la única institución que proporciona las referencias geográficas de los inmuebles. En el caso británico, que hemos centrado en el estudio de Inglaterra, el Registro ha vinculado los datos sobre titularides de inmuebles con la finca o el edificio al que dicha información se refiere; dado que en dicho país no existe un Catastro, la Agencia Nacional de Cartografía (Ordnance Survey) es quien proporciona al Registro de la Propiedad mapas topográficos en formato electrónico.

Ejemplo de finca registral en Geo-Base. En el margen izquierdo puede apreciarse un conjunto de capas de información (montes, parajes naturales, etc.) que pueden ser visualizadas sobre la imagen en pantalla.


Ejemplo de title plan expedido por el Registro de la Propiedad inglés. Fuente: Title Plans and Boundaries. Land Registry Public Guides 19 (2007).


Ejemplo de plano del Catastro italiano. Fuente: http://www.infocomas.it/servizi_informativi/mappe_catastali.asp.


Publicado por Elena Sánchez Jordán
Universidad de La Laguna

1 comentario:

Unknown dijo...

Muy interesante el artículo. En esta web: www.ayuda-registrodelapropiedad.com, podemos encontrar información muy interesante y el directorio de los Registros de la Propiedad de España.